La palabra propiedad se ha considerado como sinónimo de dominio. Se ha hecho notar, sin embargo, que el término propiedad es más extenso, porque denota no solamente el dominio, sino también la cosa sobre la que recae.
No es lo mismo propiedad que dominio, aunque en el lenguaje usual y en el de las leyes se tomen como términos sinónimos, pues aquélla representa el género, o sea la relación total que el hombre mantiene con la naturaleza para satisfacer las necesidades corporales, aunque, es claro que también cada una de las relaciones particulares en que aquélla se desarrolla, en tanto que el dominio representa la especie, es decir, una de esas relaciones interiores y, por lo tanto, la más extensa y compleja, la que más amplio poder atribuye a su titular.
Entre la propiedad y el dominio no hay diferencias de extensión y contenido, sino simplemente de puntos de vista. La propiedad para este autor es un concepto económico jurídico, mientras que el dominio lo es técnico jurídico. La palabra dominio tiene un sentido predominantemente subjetivo, puesto que indica la potestad que sobre la cosa corresponde al titular.
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