
Elementos de la agresión:
a) agresión real. La ley exige que se trate de una agresión que sea auténtica, cierta, no imaginaria.
b) Agresión actual o inminente. Se entiende que la agresión sea presente, es decir, contemporánea al acto de defensa, ni anterior ni posterior.
c) Agresión sin derecho. para que la defensa sea legítima, es indispensable que la agresión sea ilegítima, y que no suponga una acción apoyada y fundada jurídicamente.
Elementos de la reacción:
a) Necesidad de la defensa. Significa que quien actúe no tenga más alternativa que reaccionar como lo hace.
b) Racionalidad de la defensa. Es indispensable que exista una cierta proporcionalidad entre la reacción que implica la defensa, con las características de la agresión sufrida.
c) Provocación suficiente. Exige el tipo de permisivo que no medie provocación suficiente por parte de quien se defiende. Es decir, es necesario que quien actúa legítimamente no haya provocado la agresión contra la cual reacciona.
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