El reglamento interno del Ejido, regula
la vida interna del núcleo de población ejidal y tiene por objeto establecer
las alternativas para el desarrollo económico y social del Ejido, otorgándoles
las reglas y mecanismos necesarios en el marco de la nueva ley agraria, y sus principios
básicos de Libertad y Justicia.
El reglamento interno del Ejido de
acuerdo con los usos y costumbres del Ejido y con fundamento en la ley agraria,
que es su órgano rector en sus artículos 10 y 23, fracción primera, que
establece:
“artículo 10. los ejidos operan de acuerdo con su reglamento interno, sin
más limitaciones en sus actividades que las que dispone la ley, sobre
reglamento se inscribirá en el registro agrario nacional, y deberá contener las
bases generales para la organización económica y social del Ejido que se adopte
libremente, los requisitos para administrar nuevos ejidatarios, las reglas para
aprovechamiento de las tierras de uso común, así como las demás disposiciones
que conforme a esta ley deban ser incluidas en el reglamento y las demás que cada
Ejido considere pertinentes.
“artículo 23. La asamblea se reunirá por lo menos cada 6 meses con mayor
frecuencia cuando así lo determine su reglamento o su costumbre. serán de la
competencia exclusiva de la asamblea los siguientes asuntos:
I. formulación y modificación del reglamento interno del Ejido…”
“(Oliveros, 2004, p. 45)
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