sábado, 22 de marzo de 2014

Diversas clases de competencia en el amparo

En el amparo existen cuatro tipos de competencia:

a) competencia por territorio;
b) competencia por materia;
c) competencia por grado;
d) competencia por atracción.



A) competencia por territorio.

la competencia territorial es la  que distribuye las facultades jurisdiccionales entre diversos órganos jurisdiccionales, según diferente asignación de limites geográficos.

En materia de amparo la Suprema Corte de la Nación tiene competencia territorial en todo el territorio mexicano, ya que las normas jurídicas vigentes no le fijan limites territoriales a su jurisdicción. 

Los Tribunales Colegiados de Circuito, en cambio, tiene aptitud legal para resolver en amparo dentro de una circunscripción  geográfica limitada. (ver artículo 94 constitucional y artículo 11 de la ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación)


En cuanto a la competencia territorial de los juzgados de distrito, según el quinto párrafo del artículo 94 constitucional, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinará el número, división en circuitos y jurisdicción territorial y especialización por materia de los juzgados de distrito.


El capítulo VIII de la ley orgánica del Poder Judicial de la Federación, dedica los artículos 79, 80, y 81 a regular la división territorial y establece que el territorio de la república se dividirá en el número de circuitos que determine el pleno de la Corte, señalando los limites territoriales de cada uno de ellos; cada uno de esos circuitos comprenderá los distritos judiciales cuyo número y limites territoriales determine el pleno de la suprema Corte de Justicia. En cada uno de los distritos judiciales se establecerá, por lo menos, un juzgado de distrito.

Por tanto, de manera general, asentamos la aseveración de que en amparo, hay competencia territorial que distribuye atribuciones entre diversos Tribunales Colegiados de Circuito, por una parte, y entre los diversos juzgados de distrito, por otra parte. En cuanto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tanto el pleno de ésta, como las Salas que la integran, tienen competencia en todo el territorio nacional.


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