viernes, 26 de julio de 2013

Elementos de los escritos: Autoridad a la que se dirige el escrito


Después de establecerse en el ocurso el rubro que hace referencia al asunto en que se promueve, en la parte extrema izquierda del escrito, abajo de la anotación al rubro, se establece el nombre del órgano jurisdiccional ante el que se promueve. cuando se trata de un juez, se ha extendido la costumbre de iniciarse la referencia al juez, con la inicial " C" que corresponde a "Ciudadano".

Cuando el ocurso se dirige a un cuerpo colegiado, suele utilizarse la abreviatura "H", que significa "Honorable". de esta manera, se dirige el ocurso al "H. Tribunal Superior de Justicia" o a la "H. Segunda Sala".

Al formularse el primer escrito en un asunto, es recomendable que, al establecerse la denominación oficial del órgano del estado ante el que se promueve, se revise de nueva cuenta si se trata del órgano jurisdiccional competente. Si se trata de un ocurso posterior, es recomendable que se verifique que no vaya a incurrir en el error de equivocar el órgano ante el que se dirige el escrito.

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