viernes, 26 de julio de 2013

Elementos de los escritos: Nombre y personalidad del promovente.

Uno o varios reglones abajo de aquel en que se fija el dato de la autoridad ante quien se promueve, se anota el nombre completo de la persona que dirige el ocurso a ese órgano jurisdiccional. A continuación, se señala el carácter o calidad con que se promueve. si es a nombre propio, se utiliza la frase, "Por mi propio derecho". Si se promueve a nombre de otra persona física o moral, deberá determinarse la personalidad con la que se formula la promoción.

De esta manera, si la persona que promueve lo hace lo hace en su carácter de representante de una sociedad, expresara el carácter con que lo hace, mediante la frase: "Raul Ramirez Perez en mi carácter de representante legal de la parte actora "constructora x".

Después, deberá hacer alusión al documento con el que acredita su personalidad, mediante la siguiente formula: "según lo acredito con primer testimonio de la escritura numero tres mil ciento cuarenta, otorgada ante la fe del notario publico numero ciento veinte, del Distrito Federal, Roberto Lopez Rodriguez.

Si la persona que hace la promoción actúa en su calidad de apoderado y se trata de un abogado, al lado de la mension del documento con el que acredita su personalidad, deberá mencionar el número de su cédula profesional, expedida por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaria de Educación Publica. Así se determinara lo siguiente: "Luis Angel García Ruiz, Abogado, con cédula profesional número 123455, expedida por la Dirección General de Profesiones, en mi carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de "Productos Generales", "Sociedad Anónima", personalidad que acredito con Primer Testimonio de la Escritura número dos mil trescientos diez, otorgada ante la fe del notario número veinte del Distrito Federal, Augusto García García".

En caso de tratarse de un escrito subsecuente a aquel en el que se acredito la personalidad, solo hará mension el promovente al hecho de que la personalidad ya fue reconocida y acreditada:

"Luis Fernando Lopez Perez, abogado, con la personalidad de apoderado de la parte actora, acreditada y reconocida en autos".

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