martes, 9 de noviembre de 2021

Excepciones procesales (primera parte)

"Conforme a la legislación actual, artículo 35 del código de procedimientos civiles para el Distrito Federal, son excepciones procesales: la incompetencia del juez, la litispendencia, la conexidad de la causa, la falta de personalidad del actor o del demandado, la falta de capacidad del actor, la falta de cumplimiento del plazo a que esté sujeta a la obligación, el orden y la exclusión, la improcedencia de la vía, la cosa juzgada y las demás a las que les den ese carácter las leyes. a)     Incompetencia del juez Salvo la incompetencia...

¿Qué son las excepciones en derecho civil?

 "Reciben el nombre de excepciones las causas jurídicas invocadas por el demandado para oponerse a la acción ejercida por el demandante. tradicionalmente se dividían en dilatorias y perentorias por la razón de que las primeras suspendían temporalmente la actividad jurisdiccional, sin extinguir la pretensión del actor, a partir de la reforma del 24/05/1996, esta denominación se cambia dándole la designación de procesales, y en ningún caso suspenderá el procedimiento(reforma al artículo 35 del código de procedimientos civiles); las segundas...

lunes, 18 de octubre de 2021

¿que es jurisdicción?

 "Jurisdicción (de jus dicere, decir el derecho) es la actividad del Estado, ejercida por medio de los órganos judiciales, con el fin de aplicar una norma jurídica general a un caso concreto.Tiene dos notas esenciales ser una función autónoma y substituirse a una voluntad ajena.La actividad jurisdiccional presupone la existencia de las siguientes facultades: notio (de conocer el conflicto de derecho), vocatio (de obligar a las partes en conflicto, y aun a los terceros, a comparecer a juicio en los términos del emplazamiento), coertio (de emplear...

martes, 12 de octubre de 2021

Modelo de contrato de prestación de servicios profesionales

CONTRATO CIVIL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE XXXXXXXXXXXXXXXXXX REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR XXXXXXXXXXXXXXXXXX, Y POR LA OTRA XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: DECLARACIONES 1.- Se denominará a XXXXXXXXXXX como “EL CLIENTE” y a XXXXXXXXXXXX, como “EL PROFESIONISTA”; a ambos como “LAS PARTES” y al presente documento como “EL CONTRATO”. 2.- “EL PROFESIONISTA” declara ser de Nacionalidad  XXXXXXXXX de XX años de edad, Estado civil XXXXX, domicilio profesional...

lunes, 11 de octubre de 2021

¿Cómo se extingue un ejido?

 ¿Cómo se extingue un ejido? Para responder esta pregunta citaremos el texto de Gerardo N. “La ley agraria dispone como formas de terminar el régimen ejidal el que no existan las condiciones para su permanencia, o bien cuando proceda su liquidación. Por que no existan las condiciones para su permanencia Establece el artículo 23, fracc. XII, como facultad de la asamblea general de ejidatarios, la terminación del régimen ejidal cuando, previo dictamen de la Procuraduría Agraria, se determine que ya no existen las condiciones para su permanencia. Ello...

jueves, 30 de septiembre de 2021

Formas para comprobar la calidad de ejidatario (jurisprudencia incluida)

 Para acreditar la calidad de ejidatario el artículo 16 de la Ley Agraria dice:Art. 16. La calidad de ejidatario se acredita:I. Con el certificado de derechos agrarios expedido por autoridad competente;II. Con el certificado parcelario o de derechos comunes; oIII. Con la sentencia o resolución relativa del tribunal agrario.JURISPRUDENCIA RELATIVA:Novena Época Registro: 204490 Tribunales Colegiados de Circuito Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo II, Agosto de 1995 Materia(s): Administrativa Tesis: XX.10 A Página: 511 Tesis...

martes, 11 de mayo de 2021

El reglamento interno de un ejido

El reglamento interno del Ejido, regula la vida interna del núcleo de población ejidal y tiene por objeto establecer las alternativas para el desarrollo económico y social del Ejido, otorgándoles las reglas y mecanismos necesarios en el marco de la nueva ley agraria, y sus principios básicos de Libertad y Justicia. El reglamento interno del Ejido de acuerdo con los usos y costumbres del Ejido y con fundamento en la ley agraria, que es su órgano rector en sus artículos 10 y 23, fracción primera, que establece:   “artículo 10. los ejidos operan...

lunes, 10 de mayo de 2021

Requisitos para constituir un ejido

De la ley de agraria, de las disposiciones civiles y notariales, se derivan los siguientes requisitos para constituir un Ejido: 1.       Un número mínimo de 20 individuos. La ley no admite la posibilidad de que en su Constitución participen personas Morales, sin embargo, no es restrictiva con respecto al número máximo de individuos que pueden constituirlo. En términos del artículo 15 fracción primera de la propia ley, los individuos que la constituyen deben cumplir los siguientes requisitos: ser mexicanos, mayores...

martes, 4 de mayo de 2021

Constitución de ejidos

 “La ley agraria establece en los artículos 90 y 91 la posibilidad de que se constituyan nuevos ejidos, en los siguientes términos: artículo 90. para la Constitución de un Ejido bastará: I.                     que un grupo de 20 o más individuos participen en su Constitución; II.                   que cada individuo aporte una superficie de tierra; III.                 que...

lunes, 3 de mayo de 2021

Emergencia y actos de gobierno

"La reforma constitucional del artículo 29, se relaciona, por último, con la teoría de los actos políticos o de Gobierno, que se diferencian de los actos de administración en el Derecho Administrativo. Se consideran actos de Gobierno, los siguientes: dirección de la política exterior; relaciones del poder legislativo con el Poder Ejecutivo; celebración de tratados internacionales; nombramiento de funcionarios; indulto; suspensión de garantías ; expulsión de extranjeros. En los actos de Gobierno predomina la discrecionalidad e incluso algunos autores...

viernes, 30 de abril de 2021

El nuevo régimen de restricción y suspensión de derechos y garantías: Controles

 "En los párrafos cuarto y quinto del artículo 29, se establecen los controles para el nuevo régimen: cuando se ponga fin a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos y garantías, bien sea por cumplirse el plazo o porque así lo decreta el Congreso, todas las medidas legales y administrativas adoptadas durante su vigencia quedarán sin efecto de forma inmediata . El Ejecutivo no podrá hacer observaciones al decreto mediante el cual el Congreso revoque la restricción o suspensión. los decretos expedidos por el Ejecutivo durante...

jueves, 29 de abril de 2021

El nuevo régimen de restricción de restricción y suspensión de derechos y garantías: Principios

 "Se sujeta la restricción o suspensión, dice el Tercero del artículo 29 a una serie de principios, en los términos siguientes: “las restricciones suspensión del ejercicio de los derechos y garantías debe estar fundada y motivada en los términos establecidos por esta Constitución y ser proporcional al peligro a que se hace frente, observando en todo momento los principios de legalidad, racionalidad, proclamación, publicidad y no discriminación”. los principios que contiene este párrafo han sido internacionalmente aceptados para los Estados...

viernes, 26 de marzo de 2021

El nuevo régimen de restricción y suspensión de derechos y garantías: Limitaciones

 "Se contemplan limitaciones importantes para el estado de emergencia en el segundo párrafo del artículo 29, el cual indica: “en los decretos que se expidan coma no podrá restringirse ni suspenderse el ejercicio de los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad; los derechos de la niñez; los derechos políticos; las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; el principio de...

miércoles, 24 de marzo de 2021

El nuevo régimen de restricción y suspensión de derechos y garantías: La reformulación del artículo 29 constitucional.

 "El nuevo régimen de suspensión de derechos y garantías se ha adaptado por fin, según reforma del 10 de junio del 2011, a los instrumentos internacionales que recién se comentaron, en efecto, referido precepto se integra ahora por 5 párrafos, en los cuales se logra configurar un régimen más técnico y preciso para los denominados Estados de excepción, en el que se procura un mayor respeto a los derechos humanos y establecen controles más estrictos para las actividades de los órganos públicos. Se reproduce el artículo 29 anterior -casi en...
Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...