jueves, 3 de agosto de 2017

El desistimiento

El desistimiento se define como una renuncia procesal de derechos o de pretensiones. Al efecto, es necesario que nos refiramos a los tres tipos de desistimiento: 

1.- desistimiento de la demanda 
2.- desistimiento de la instancia 
3.- desistimiento de la acción 

En el desistimiento de la demanda tenemos una actitud del actor que retira el escrito de demanda antes de que se halla notificado al demandado de ésta. En este supuesto la relación procesal no ha surgido aún. El desistimiento de la instancia implica, por el contrario, que el demandado ya ha sido llamado a juicio y por tal motivo se requerirá su consentimiento expreso para que surta efectos el desistimiento del actor. Finalmente, en el llamado desistimiento de la acción, lo que en realidad se tiene es una renuncia del derecho o de la pretensión; en  este caso, el desistimiento prospera aún sin el consentimiento del demandado. 

De las tres figuras de desistimiento que examinamos resulta que la única que puede considerarse como autocompositiva es la última, o sea, el desistimiento llamado de la acción, por que como en rigor significa una renuncia de la pretensión o del derecho, de esta suerte, se soluciona el litigio al no haber ya pretensión y, según dijimos, sin la existencia de la pretensión no subsiste el proceso.

martes, 11 de octubre de 2016

La transacción como forma autocompositiva

La transacción es la figura característica de autocomposición bilateral. Es un negocio jurídico a través del cual las partes, mediante el pacto, mediante el acuerdo de voluntades, encuentran la solución de la controversia o del litigio.

El Código Civil para el Distrito Federal prescribe que la transacción es un contrato por el cual las partes, haciéndose recíprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura, Pero, al igual que el desistimiento y que el allanamiento, también la transacción tiene ciertos límites y el propio ordenamiento advierte que no se puede transigir sobre el estado civil de las personas ni sobre la validez del matrimonio, y que será nula la transacción que verse sobre el delito, dolo  y culpa futuros; sobre la acción civil que nazca de un delito o culpa futuros; sobre suceción futura; sobre herencia, antes de visto el testamento si lo hay, y sobre el derecho de recibir alimentos, en razón precisamente del carácter de orden público de todas las cuestiones anteriores. Se reitera aquí el principio de que no todos los derechos son de libre disposición o pacto y por ello, estas limitaciones tutelares y protectoras inspiradas en principios de orden y de interés público implican una limitación a la autocomposición como forma de solución de los litigios en cualquiera de sus manifestaciones, es decir, ya sea a través del desistimiento, del allanamiento o de la propia transacción.

Autocomposición. Formas autocompositivas

La autocomposición es el segundo gran grupo de formas de solución de conflictos de intereses, es un género dentro del cual cabe que se reconozcan varias especies: dos unilaterales o derivadas de un acto simple, y bilateral derivada de una acto complejo, de modo que tenemos:

a) la renuncia
b) el reconocimiento 
c) la transacción.

Las dos primeras serían unilaterales y la última bilateral. Ahora bien, tanto la renuncia como el reconocimiento, ya sea de derechos o pretensiones, constituyes formas autocompositivas de los conflictos de intereses, pero no necesariamente se dan en el campo de los procesal, sino que pueden aparecer antes, después o independientemente del proceso. De ahí que, sin desatender la importancia o repercusión que sobre el proceso tengan dichas forma, hay que precisar que sus especies procesales son, como ya dijimos, el desistimiento y el allanamiento. En términos generales, del desistimiento puede decirse, que es un reconocimiento que se da en el campo del proceso. La transacción puede ocurrir dentro o fuera del proceso, antes de que se inicie o una vez iniciado.

sábado, 8 de octubre de 2016

Autotutela. Formas que subsisten

Además de proceso, que implica que el estado desempeñe la función jurisdiccional para dirimir las controversias, existen otras formas equivalentes jurisdiccionales que son:
+ El proceso extranjero
+ El proceso eclesiástico
+ La autocomposición 
+ La composición procesal 
+ La conciliación 
+ El arbitraje

En cuanto al proceso extranjero debe recalcarse que en rigor es el resultado de una función jurisdiccional desenvuelta en otro país. El problema fundamental que este fenómeno acarrea es el relativo a la ejecución de la sentencia extranjera, problema que pertenece al derecho internacional.

El proceso eclesiástico se asemeja al proceso extranjero, ya que emana de los tribunales de la iglesia.
En lo referente a la autocomposición, como hemos asentado, tal parece que no es forma equivalente a la jurisdicción, sino una excluyente de la misma, puesto que prescinde de ésta, es decir,  desecha a la jurisdicción. 

La conciliación es una figura sin vida propia, pues si llega a triunfar, es decir, si a través de la conciliación se resuelve el litigio, llegaríamos a una figura autocompositiva; y si fracasa el intento conciliador, es decir, si lo que hay es una conciliación frustrada, no tendríamos un equivalente constitucional.

El arbitraje sí es un genuino equivalente jurisdiccional y, además es o constituye un verdadero proceso llevado ante jueces privados, no profesionales ni estatales. Sin embargo, por lo que se refiere al arbitraje, queda todavía en píe el problema relativo a desentrañar si lo que hacen ahí los jueces privados es o no  jurisdicción. Si es jurisdicción, no hay equivalente jurisdiccional, y si no es jurisdicción lo que estos jueces privados realicen, entonces puede hablarse de un equivalente jurisdiccional.

La autotutela aparece como una forma egoísta y primitiva de solución. En ella, el más fuerte o el más hábil impone por su inteligencia, destreza o habilidad, la solución al contrario, por tanto el litigio se resuelve no en razón de a quien le asiste el derecho, sino, en función de quien es el más fuerte o el más hábil. Es una forma primitiva, muy cercana a la animalidad, en rigor es una forma animal de superar la conflictiva, pues en las sociedades animales los conflictos se resuelven por autotela.

La autocomposición surge de la evolución humana por que hay en ella un alejamiento del primitivismo y de la animalidad. En la autocomposición, al encontrar las propias partes en conflicto la solución de éste, ya sea a través del pacto, de la renuncia o del reconocimiento de las pretensiones de la parte contraria, resulta que aquellas están ante una forma altruista, más humanizada de solución de esos conflictos.

Finalmente, la heterocomposición es la forma más evolucionada e institucional de solución de la conflictiva social. Aquí la solución viene dada de afuera, por un tercero ajeno al conflicto e imparcial. Las dos figuras características de la heterocomposición son el arbitraje y el proceso.

viernes, 7 de octubre de 2016

Relación y diferencia entre proceso y litigio

Para que exista un proceso se necesita como antecedente del mismo un litigio, por que el litigio es siempre el contenido y el antecedente de un proceso. El litigio es un conflicto de intereses mientras que el proceso es sólo un medio de solución o de composición de litigio. El proceso y el litigio están colocados en diferentes planos:
En el plano del contenido están el litigio y la pretensión; en el plano del continente están el proceso y la acción.

La pretensión es para la acción lo que el litigio es para el proceso. El primer plano existe independientemente del segundo, puesto que la pretensión y el litigio pueden existir sin que haya proceso, pero no puede existir un proceso, sin que haya un litigio.

De lo anterior se concluye que sin pretensión no puede haber acción y sin acción no puede haber proceso. La acción es entonces la llave  que abre al litigio y a la misma pretensión, el proceso. Es decir, el proceso presupone la existencia de la acción, pero la acción a su vez está fundada en la existencia de una pretensión resistida, o lo que es lo mismo, en la existencia de un litigio.

jueves, 6 de octubre de 2016

¿qué es una pretensión?

Si no hay una pretensión no puede haber litigio, es un elemento necesario para la existencia del litigio. Se define como la exigencia de la subordinación del interés ajeno al interés propio.

La pretensión en un querer, una voluntad, una intención exteriorizada para someter un interés ajeno al interés propio. Es necesario que se precise la distinción entre la pretensión, el derecho subjetivo y la acción, pues aunque exista una intima relación y una estrecha interdependencia entre ellos, los tres conceptos son diferentes y se encuentran en planos diversos. Así, el derecho subjetivo es algo que se tiene o que no se tiene y, en cambio, la pretensión es algo que se hace o no se hace, es decir la pretensión en una conducta, una actividad. Es claro que de la existencia de la pretensión se puede llegar a la acción, como una forma de hacer valer la pretensión.

miércoles, 5 de octubre de 2016

¿qué es el litigio?

El litigio no es un concepto esencialmente procesal, debemos separarlo del concepto de proceso, para a su vez entender este, debido a que todo proceso presupone un litigio, pero no todo litigio desemboca en un proceso; es decir, el litigio es el contenido de todo proceso.
El litigio es el choque de fuerzas contrarias, lo que siempre ha sido una característica de toda sociedad. Cuando dicho choque de fuerzas se mantiene en equilibrio, el grupo social progresa o se conserva estable al menos; cuando sucede lo contrario, esto se transforma en un síntoma patológico social o dicho de manera más simple, el grupo social se estancará o entrará en crisis.

Existen dos polos en ese choque de fuerzas: uno de ellos es el contrato, en el que hay un pacto de fuerzas; el otro es el delito, en el que el equilibrio de fuerzas se rompe.

Así pues, contrato y delito representan los dos extremos de la conflictiva social.

Para ejemplificar lo anterior, en el matrimonio hay un choque de fuerzas entre marido y mujer, en la compraventa, entre el comprador y el vendedor, o en el arrendamiento, entre el arrendador y el arrendatario. El equilibrio en esas relaciones implica la subsistencia del vínculo y la estabilidad, por el contrario, el choque violento de dichas fuerzas causará el rompimiento del equilibrio y por tanto de la relación y del vínculo.

De tal forma que el proceso es un instrumento para solucionar ciertos tipos de conflictiva social, un instrumento de solución de la conflictiva social el cual mantenga el equilibrio de las relaciones jurídicas.

El litigio es por tanto el conflicto de intereses basado en la pretensión de uno de los interesados y por la resistencia del otro y ha de implicar trascendencia jurídica.

jueves, 28 de julio de 2016

Modelo de demanda por despido injustificado, optando por la indemnización



H. junta_________
de Conciliación y Arbitraje.

XXXXXXXXXXXXXXXX, por mi propio derecho, señalando para oir notificaciones xxxxxxxxxxxx y designando como mi apoderado a xxxxxxxx, en los términos de la carta poder adjunta, respetuosamente expongo:

Vengo a demandar a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con domicilio en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx o a quien resulte responsable de la fuente de trabajo ubicada en xxxxxxxxxxxxxx, lo siguiente:

a) el pago de la cantidad de xxxxxxxxxxxxxxxxxxx por concepto de indemnización constitucional de tres meses de salario, a razón de un salario de xxxxxxxxxx diarios, por causa del despido injustificado de que fui objeto.
b) El pago de los salarios vencidos desde la fecha del despido, que fue el díaxxxxxxxxxxx, hasta que se cumplimente el laudo xxxxxx que se dicte en este juicio.
c) El pago de la cantidad de xxxxxxxxxx por concepto de xxxx horas extra, a razón de salario xxxxx que no me fueron cubiertas.
d) El pago de los salarios de xxxxxxx días de vacaciones correspondientes al periodo de xxxxxxx , que no disfrute ni me fueron pagadas, sobre la base de mi salario aumentado con el veinticinco por ciento conforme al artículo xx de la Ley Federal del Trabajo.
e) El pago de la cantidad de xxxxxx, por aguinaldo anual.
f) El pago de la cantidad de xxxx, por concepto de prima de antigüedad.

Hechos 

I.- Con fecha xxxxxxx , entré a prestar mis servicions a la demandada, con el puesto de xxxxxxxxxxxx con el puesto de xxxxxxxxxxx consistiendo mis labores en xxxxxxxxxx se me asignó inicialmente un salario de xxxxxxxxxxxxx, y a partir de xxxx , me fue fijado un salario de xxxx .
II.- El día xxxxxx sin mediar causa justificada alguna, la demandada por conducto de xxxxx , me notificó que quedaba despedido de mi trabajo a partir dfe la fecha de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, invocando la causa de XXXXXXXXXX, por lo que reclamo los tres meses de salario de indemnización constitucional correspondiente a tal despido, así como los salarios vencidos desde la fecha de mi despido hasta que se cumplimente el laudo.

III.- Mi jornada ordinaria de trabajo era de las xxxxxxxxx a las xxxxx horas de xxxxxx a xxxxx pero durante los días xxx trabajé de las xxxxx  a las xxxxxx  y en consecuencia, durante dichos días laboré tiempo extraordinario  que asciende a un total de  xxxxxx horas extras adeudándoseme por tal concepto la cantidad de  xxxxxxxxxx que reclamo.

IV.- No disfrute ni me fueron pagadas las vacaciones correspondientes al periodo anual de xxxxxxxx, x, consistentes en xxx días, a razón de un salario de xxxxx. aumentado con el veinticinco por ciento, que  importan la cantidad de  xxxxxxxx, que reclamo 

VI.- Por concepto de prima de antigüedad, a razón de doce días de salarios por cada año de servicios, prestados a la demandada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo xx de la Ley Federal del Trabajo, me corresponde la cantidad de xxxx que reclamo.

Derecho

Es competent estwa H. Junta para conocer del caso, según previenen los artículos xxxxxx y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo.

En cuanto al fondo, son aplicables el artículo 123, fracción XXII constitucional, y xxxxxxxx y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo.

Por lo expuesto y fundado, 
a esta H. Junta xxxxx atentamente pido se sirva:

Primero.- Tenerme por presentado con este escrito en los términos del mismo, demandando a xxxxxxxxx, econocer la personalidad del apoderado designado conforme a la carta poder adjunta; y tener por señalado en domicilio indicado para oir notificaciones.
Segundo.- Darle entrada a la demanda, corriéndole traslado a la demandadacon la copia simple que acompaño, notificándola y emplazándola para la audiencia de Ley, en el domicilio señalado.
Tercero. Dictar laudo en su oportunidad, declarando que han procedido las acciones que hago valer ; y, en consecuencia, condenar a la demandada de conformidad con las reclamaciones contenidas en esta demanda.

Protesto lo necesario.


Modelo de demanda en la que se reclama la terminación del contrato de arrendamiento




xxxxx
VS
XXXXXX
TERMINACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

C. JUEZ DEL ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO.

XXXXXXX, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oir y recibir toda clase de notificaciones el despacho ubicado en xxxxxxxxxx , autorizando para oirlas en mi nombre y para recoger toda clase de documentos al señor Licenciado xxxxxxxxx, con el debido respeto comparezco para exponer:

Que vengo a demandar del señor xxxxxxxx con domicilio en xxxxxxxxx, las siguientes prestaciones:

A) La declaración de que ha terminado el contrato de arrendamiento celebrado el día XXXXXXX respecto del departamento XXXXXXX.

B) Como consecuencia de la terminación del citado contrato de arrendamiento, la desocupación y entrega del departamento mencionado.

C) El pago de las rentas que se causen desde la iniciación del presente juicio hasta la total desocupación y entrega del departamento mencionado.

D) El pago de gastos y costas que el presente juicio origine.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

HECHOS

I.- El día XXXXXXXXXX, el señor XXXXXXX, como arrendatario, y la suscrita como arrendadora, celebramos contrato de arrendamiento respecto del departamento xxxxxxxxx. acompaño original de ese contrato.
II.- En el mencionado contrato se estipuló, a cargo del arrendatario, el pago de una renta mensual, adelantada de XXXXX.
III.- En la clausula cuarta del contrato de arrendamiento base de la acción, se pacto que el término de arrendamiento seria de once meses forzosos para ambas partes y después seria voluntario.
IV.- El contrato se arrendamiento se convirtio en voluntario al concluir el término forzoso que se pactó, de once meses.
V.- En la clausula sexta del mencionado contrato de arrendamiento se pactó que el arrendatario está obligado a desocupar dentro del termino de treinta días, después de notificarsele  la voluntad de la arrendadora de dar por terminado el contrato de arrendamiento.
VI.- Según lo acredito con la copia certificada que original acompaño expedida por el C. Secretario de Acuerdos del Juzgado xxxxxx del arrendamiento Inmobiliario de esta ciudad, con respecto a las diligencias de jurisdicción voluntaria promovidas por la suscrita para notificar al señor xxxxxxx mi voluntad de dar por terminado el contrato de arrendamiento respecto del departamento citado, el día XXXXX, se notificó al demandado el deseo de la suscrita de dar por terminado el contrato de arrendamiento antes referido.
VII.- No obstante que ha transcurrido el término de treinta días a que se refiere la cláusula sexta del contrato de arrendamiento y que han transcurrido los dos meses a que se refiere el artículo xxxxx del Código Civil, el arrendatario no ha desocupado y entregado el departamento arrendado, razón por la que me veo precisado a demandarle en la forma y términos que lo hago.

I.- Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 2398, 2478, 2479 y demás relativos del Código Civil.
II.- El procedimiento se rige por lo dispuesto en los artículos 255, 256, 258, 259 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles.
III.- Es Usted competente conforme al artículo 156 fracción III del Código de Procedimientos Civiles.

Por lo expuesto.

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO.- Tenerme por presentada con este ocurso, documentos y copias que acompaño. demandando de la persona que indico las prestaciones que señalo.
SEGUNDO.- Admitir la demanda en la vía y forma propuesta y, con las copias simples exhibidas, ordenar se corra traslado al demandado para que produzca su contestación en el término de ley.
TERCERO.- En su oportunidad, previos los tramites de ley resolver favorablemente a las prestaciones reclamadas.

PROTESTO LO NECESARIO.



viernes, 15 de julio de 2016

Modelo de demanda de divorcio necesario


C. JUEZ DE LO FAMILIAR

XXXXXXXXX, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el XXXXXXXX y autorizando para oírlas en mi nombre y recoger toda clase de documentos al señor licenciadoXXXXX, con cédula XXXX, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que en la vía Ordinaria Civil, vengo a demandar al señor XXXXXXXX con domicilio en XXXXXXXXXX, las siguientes prestaciones:

A) la disolución del vínculo matrimonial que nos une 
B) La pérdida de la patria potestad que ejerce sobre los dos menores hijos de nuestro matrimonio
C) El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.

HECHOS

I.- El día XXX de XXXXde XXXXX, contraje matrimonio con el demandado, bajo el régimen de sociedad conyugal, según lo acredito con la copia certificada del acta de matrimonio que adjunto a este ocurso de demanda.

II.- En nuestro matrimonio procreamos a los menores XXXX yXXXXX, ambos de apellidos XXXX, según lo acredito con las copias certificadas de sus respectivas actas de nacimiento. Dichos menores nacieron en esta ciudad de XXXX. 

III.- El hogar conyugal está establecido en la casa número XXXXXXXXXX, en la colonia XXXXXX de esta ciudad.

IV.- Durante nuestro matrimonio hemos adquirido la casa habitación en donde tenemos establecido el hogar conyugal, así como el menaje con el que está amueblada la citada casa y un automóvil  de la marca XX, placas XXX modelo XXX, que se encuentra en poder de mi esposo.

V.- Es el caso que, sin causa justificada, desde el día XXXXX de XXX de XXXX, el demandado abandonó el hogar conyugal y actualmente vive en el domicilio que he señalado para su emplazamiento.

DERECHO

I.- En cuanto al fondo son aplicables los artículos 266, 267 fracción VIII, 283 y demás aplicables del Código Civil.

II. El procedimiento se rige por lo dispuesto en el artículo sexto del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.

III.- Su Señoría es competente para conocer de este juicio, dado que el domicilio del cónyuge abandonado está dentro de su jurisdicción, en los términos de la fracción XII del artículo 156 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal.

MEDIDAS PROVISIONALES

Con fundamento en el artículo 282 del Código Civil solicito de su Señoría se sirva decretar las siguientes medidas provisionales:

1.- Decretar la separación de los conyuges.
2.- Ordenar mi deposito y el de mis menores hijos en el domicilio conyugal cuya ubicación ya ha sido fijada.
3.- Poner a los citados menores bajo el cuidado el cuidado y custodia de la suscrita.
4.- Dictar la medidas convenientes para que mi conyuge no cause perjuicio a los bienes pertenecientes a la sociedad conyugal.
5.- Señalar y asegurar los alimentos que debe proporcionar el actor tanto a los menores referidos como a la suscrita durante la tramitación de este juicio. Para ese efecto, atentamente pido se libre oficio a la H. Comisión Nacional de Seguros para que esta, a su vez, recabe información de las compañías aseguradoras del país, sobre las sumas que mi cónyuge recibe en su carácter de agente de seguros. Al efecto, solicito, se libre, a la brevedad posible, el oficio correspondiente a la citada Comisión Nacional de Seguros, con la advertencia a dicha Comisión de que los datos se le solicitan para fijar la pensión alimenticia a favor de los menores habidos en el matrimonio y de la suscrita.

Así mismo, solicito se libre oficio a la Secretaria de HAcienda y Crédito Público, Dirección General del Registro Federal de Causantes, Departamento de Control de Ingreso Personal, con domicilio en XXXXX, a fin de que remitan copias de las declaraciones anuales del impuesto al ingreso global de las personas físicas del demandado en este juicio, cuyo número de Registro Federal de Causantes es PBE-291018, informe que deberá abarcar los últimos cinco años a la fecha, a fin de determinar las posibilidades económicas del demandado. 
Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, manifiesto que mi cónyuge me ha proporcionado, mensualmente, desde que abandonó el hogar conyugal, la suma de cuatro mil pesos, que es insuficiente para atender las necesidades de los hijos del matrimonio y de la suscrita.

Por lo expuesto,

A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:

PRIMERO. Tenerme por presentada, en los términos del presente escrito y documentos que acompaño, demandando las prestaciones señaladas en el proemio de la demanda.

SEGUNDO. Decretar la separación provisional de los cónyuges y que los menores hijos de matrimonio continuen bajo la custodia y cuidado de las suscrita en el domicilio conyugal.

TERCERO.- Proveer lo relativo al aseguramiento de los alimentos y para tal efecto se liberen los oficios solicitados.

CUARTO.- Ordenar se emplace al demandado en el domicilio señalado para ese efecto.

QUINTO.- Previos los tramites de ley, dictar sentencia definitiva en la que se decrete la disolución del vínculo matrimonial que aún nos une y se condene al demandado a la perdida de la patria potestad que ejerce sobre nuestro menores hijos, así como se decrete la disolución y liquidación de la sociedad conyugal.

PROTESTO LO NECESARIO


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