martes, 12 de septiembre de 2017

Competencia por cuantía o importancia del asunto

Casi en todos los sistemas judiciales se han creado órganos para conocer de asuntos de poca monta, como los pleitos entre vecinos o los litigios de mercado, que plantean cuestiones de poca importancia económica y de otra índole. También es característico de estos tribunales que sus procedimientos no se someten a formalidades rígidas ni a trámites dilatados y complicados. Se procura que el proceso sea rápido, barato. En muchos casos, el juez actúa como amigable componedor y se comporta más como un juez de equidad que de derecho. A estos tribunales se les llama de diferente manera: juzgados municipales, juzgados de paz, juzgados menores, juzgados de cuantía menor. En la Cuidad de México la regla es que en materia civil, de los juicios contenciosos que versen sobre la propiedad o demás derechos reales sobre bienes inmuebles ubicados dentro de su jurisdicción y que tengan valor de hasta tres mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y en los demás negocios de jurisdicción contenciosa común o concurrente cuyo monto no exceda de mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, se resolverá ante los juzgados de paz.


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