lunes, 4 de septiembre de 2017

Distinción entre jurisdicción, administración y legislación

El poder es el órgano o conjunto de órganos de autoridad que desempeña las funciones del estado. Los conceptos de función y poder son correlativos y se implican el uno al otro, por que la función es la actividad soberana del estado en el  desarrollo de los fines propios del mismo y el poder es el órgano o conjunto de órganos que desempeñan o desenvuelven dichas funciones.

Toda la teoría relativa a las funciones estatales y los poderes que éstas desempeñan, ha girado en torno a tres funciones: legislativa, ejecutiva o administrativa y jurisdiccional.

Aunque la división de poderes, no pueda tener hoy en día un sentido radical, por que presenta múltiples excepciones y derogaciones, también es necesario considerar que la evolución política de la humanidad hace que se piense en la posibilidad de que la actividad del estado no puede limitarse a sólo tres funciones que serían legislar, administrar y juzgar. Hablar de tripartición es mantener un criterio anacrónico e infundado contradicho por la experiencia y el sistema positivo.

Se ha sostenido que las funciones básicas del estado son la legislativa y la ejecutiva y se ha pretendido asimilar la jurisdiccional a esta última. Tal simplificación no es posible.

En otros casos se han ampliado a cuatro funciones que son la función legislativa, la gubernativa, la administrativa y la jurisdiccional. La constitución china considera cinco las funciones esenciales del estado por que además de las tres funciones tradicionales adiciona el poder o función de control, y el poder o función de examen.

En la realidad no es exacto que cada poder se limite a las funciones tradicionales propias, sino que invade funciones que en cierta medida le son ajenas, y este podría ser el caso de la invasión o desvío del poder. El poder ejecutivo moderno sobre todo en los regímenes de tipo presidencialista, como el nuestro  (México), está desorbitado e invade con mucha frecuencia funciones de tipo legislativo y también jurisdiccionales. Es verdad  que también el poder legislativo y el poder judicial actúan en esferas que tradicionalmente no les corresponden, pero en menor medida al poder ejecutivo, porque éste tiene el control político y el económico.

Nótese que normalmente el ejecutivo desarrolla funciones administrativa y jurisdiccional, y de ejercicio judicial de las funciones administrativa y legislativa. 

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