lunes, 15 de enero de 2018

Lugar de comisión del Delito en Derecho Penal

Tema medular en el ámbito de lo que es la aplicación de la ley en el espacio es relativo de comisión del delito. La determinación del mismo es fundamental para la aplicación de la ley penal. El principio general aplicado es el de la territorialidad, sin embargo, ocurren casos como los "delitos a distancia", que son aquellos en donde su momento consumativo es diferente de aquel en se se inició la acción, o bien, en donde esta última parece realizarse en diferente parte, para lograr su consumación en lugar diverso.

Al respecto han sido sostenidas principalmente tres teorías para la atención del problema:

+ La teoría de la actividad. Esta toma en consideración el momento de la acción realizada, que naturalmente, traduce sus consecuencias a la pena.

+ La teoría del resultado. a su vez, toma en consideración, para los efectos de la aplicación de la ley, el lugar en donde se produjo el resultado delictivo. Se sustenta en una concepción adjetiva y material del derecho que, partiendo de la protección a los bienes jurídicos, considera el inicio de su intervención a partir del momento en que se considera causada la lesión a dichos bienes jurídicos, con la presencia del injusto, como hecho típico y antijurídico.

+ La teoría de ubicuidad, por último, toma en consideración para los efectos de la determinación del momento de comisión del hecho delictivo, tanto la acción como el resultado. Este criterio que, en nuestro parecer adopta un criterio más funcionalista ha venido siendo favorecido por el derecho penal más reciente, en diferentes países y en general en latinoamérica, señalado sea, con razón, que tanto al derecho penal le importa tanto el contenido del acto como el resultado. Además, sólo así, logra el derecho penal tener una aplicación mas completa y cabal  que sea afín con sus objetivos, de protección y salvaguarda de los bienes jurídicos.


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