Los condóminos, y en general los
habitantes del condominio, no podrán:
a) Realizar
acto alguno que afecte la tranquilidad y comodidad de los demás condóminos y
ocupantes, o que comprometa la estabilidad, seguridad, salubridad o comodidad
del condominio, ni incurrir en omisiones que produzcan los mismos resultados.
b) Efectuar
todo acto, en el exterior o en el interior de su unidad de propiedad exclusiva,
que impida o haga ineficaz la operación de los servicios comunes e
instalaciones generales, estorbe o dificulte el uso de las áreas comunes o
ponga en riesgo la seguridad o tranquilidad de los condominios.
c) Realizar
obras, edificaciones o modificaciones en el interior de su unidad exclusiva,
como abrir claros, puertas o ventanas, entre otras, que afecten la estructura ,
muros de carga u otros elementos esenciales del edificio o que puedan
perjudicar su estabilidad, seguridad, salubridad o comodidad.
d) Realizar
obras o reparaciones en horarios nocturnos, salvo en casos fuerza mayor.
e) Decorar,
pintar o realizar obras que modifiquen la fachada o las paredes exteriores
desentonando con el conjunto o que contravenga lo establecido y probado por la
asamblea general.
f) Derribar
o trasplantar árboles, cambiar el uso o naturaleza de las áreas verdes en
contravención a lo estipulado en la Ley Ambiental del Distrito Federal y en la
escritura constitutiva del condominio.
g) Delimitar
con cualquier tipo de material o pintar señalamientos de exclusividad, en el área
de estacionamiento de uso común del condominio, así como techar o realizar
construcciones que indiquen exclusividad, excepto las áreas verdes las cuales
si podrán delimitarse para su protección.
h) Poseer
animales que por su número, tamaño o naturaleza afecten las condiciones de
seguridad, salubridad o comodidad del condominio. En todos los casos, los
condóminos, sus arrendatarios o cesionarios, serán absolutamente responsables
de las acciones de los animales que introduzcan al condominio que afecten la
limpieza, salubridad y protección o que causen cualquier daño, molestia, plaga
o enfermedades a otros condóminos y habitantes del mismo.
0 comentarios:
Publicar un comentario