La propiedad de las casas
divididas por pisos tiene antecedentes muy antiguos, que se remontan, en el
derecho Babilónico, por ejemplo, a unos dos mil años.
En relación con el derecho
romano, se conocen algunos textos, del Digesto, particularmente, que muestran
la existencias de esta especie de propiedad, aunque se considere que esta institución
no era muy frecuente.
En la Edad media se admite que el
sistema de propiedad de que tratamos alcanzó importante desarrollo, pues muchas
ordenanzas de la época correspondientes a ciudades francesas e italianas, entre
ellas Orléans y Milán, contienen disposiciones sobre esta materia.
Llegada la época de la
codificación había que recoger en el articulado de las nuevas leyes
fundamentales este especial régimen de la propiedad, hasta entonces desenvuelto
de modo esporádico en usos y ordenanzas de carácter local.
El código de Napoleón no se
sustrajo a esta exigencia y rindió culto a la institución, inspirándose,
principalmente, en la Coutume de Orleáns, que había tenido una gran difusión y
que tuvo la fortuna de contar como comentarista al más grande de los
jurisconsultos franceses del siglo XVIII, Roberto José Pothier, que tanto
influjo ejerció en la redacción del code.
Aunque no todos los países del mundo civilizado se dejaron influir por el Código de Napoleón, en esta materia, y algunos como Alemania y Suiza rechazaron la institución, en esta materia, esta tuvo acogida en otros cuerpos legales en Italia, España, Ecuador, Panamá, Honduras, etc., por ejemplo,así como en México, donde actualmente ha encontrdo una reglamentación amplia y eficaz.
En la actualidad puede decirse
que la propiedad por pisos o propiedad horizontal es una institución
generalmente admitida en todos los pueblos civilizados.
Especialmente a partir de la
terminación de la primera guerra mundial, esta forma de la propiedad ha
adquirido un desenvolvimiento extraordinario y en nuestros días se considera
como una fórmula susceptible de resolver, en parte, el gravísimo problema que
representa la escasez y la carestía de vivienda para las clases económicas
débiles.
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